Como bien deja ver don Ginés
Torres Navarrete en su Historia de Úbeda
en sus documentos, en nuestra ciudad -al menos desde el siglo XVI- hubo una
buena afición al mundo de la tauromaquia, fiesta que hasta la aparición del
fútbol fue la de más atracción del país. Prueba de ello es que desde el siglo
dorado hasta el s. XX, en Úbeda hubo corridas de toros de a pie, a caballo,
novilladas, becerradas y toros embolados.
Estos eventos en los que se
volcaba gran parte de la población se organizaban por varios motivos; unos eran
organizados por el Concejo en la festividad de Santiago para con sus frutos
ayudar al gasto del hospital de este nombre, otras veces era para atender a
necesidades perentorias como el arreglo de fuentes, caminos, puentes, etc.
También había lidias organizadas por cofradías y obras pías. De ellas se
conocen las organizadas por hermandades de la Virgen de la Soledad y la de la Virgen del Rosario.
La mayoría de estos festejos se
celebraban en la Plaza
del Mercado, pero también se lidiaron toros en la Plaza de San Francisco,
Plaza de los Olleros, un corralón próximo al convento del Espíritu Santo y en la Plaza de Toledo, aunque en
esta última no fueron muy frecuentes para no importunar a los vendedores de la
misma ya que tenían que trasladarse a otro lugar.
Y ahora surge la pregunta: Si
había una espléndida Plaza del Mercado que era ideal para estas fiestas ¿por
qué se celebraban en otros lugares? Pues se ve que lo hacían para huir de la
gran cantidad de personas que podían presenciar los espectáculos sin pagar. Hemos
de saber que, los ciudadanos más pudientes no pagaban debido a que en esta
plaza todas las casas eran propiedad de las mejores familias de la ciudad, las
cuales nunca las habitaban pero sí las daban en arriendo con la condición de
que los balcones se los reservaban los propietarios para ocuparlos en los días
en que en ese lugar hubiese cualquier celebración: toros, procesiones, actos de
ajusticiamiento, proclamaciones de reyes u otros festejos diversos. Por eso, a
los organizadores de festejos píos les salía más a cuenta construir una plaza
privada en donde todo aquél que deseara presenciar el espectáculo pagara, a
celebrarla en la Plaza
del Mercado, pues al haber allá tantos balcones, eran cientos de personas que
no abonaban la entrada.
Respecto a esos lugares en
donde se montaban plazas para torear novillos hemos de decir que nuestro
caballero Heráldico en su cotidiano trabajo de investigación en el archivo
histórico municipal, ha descubierto a otra vieja cofradía que para cubrir sus
necesidades monetarias, también recurrió a obtener dinero con este tipo de
festejos. La cofradía a la que nos referimos es la Antigua y Venerable
Cofradía de la Virgen
del Carmen. El año de construcción del referido coso es 1798, y el lugar en que
se edificó fue un solar de la calle Valencia que ahora ocupa las casas número
15, 17 y 19, o sea, a la espalda de lo que hasta hace pocos años fue el Molino
Gassó del cual aún queda parte del solar.
Y para certificar este dato a
continuación transcribimos el documento al que nos referimos que leído
literalmente dice así:
En
la ciudad de Úbeda a trece días del mes de agosto de mil setecientos noventa y
ocho años, ante mi el infrascrito escribano de su número y testigos que se
dirán parecieron de una parte, don Diego Díaz, administrador de los bienes y
rentas de don Juan de Chaves, desmemoriado, don Nicolás Agustín González,
defensor judicial de sus bienes, don Jacinto Rus, Regidor de este Ilustrísimo
Ayuntamiento, inmediato sucesor del molino de Ariza que posee el citado don
Juan de Chaves en la calle Valencia, y de la otra don Pedro Pasquau de
Esponera, don Juan de Alvarado Argelós, don Andrés Ramírez y don Francisco Rincón, presbítero, y
hermanos de la Cofradía
de Nuestra Señora del Carmen, sita en esta ciudad y que se sirve en el Convento
de los Padres Carmelitas de ella y así mismo concurren a la misma Pedro de Rus
y Ignacio Rodríguez, maestros de albañilería y Francisco Fernández, todos de
este vecindario y dijeron que al citado don Juan de Chaves corresponde el
expresado molino el cual tiene un corral grande en el que va a construirse una
plaza para torear en ella novillos atento a haber obtenido para ello la
hermandad de dicha milagrosa imagen la correspondiente licencia y los citados
hermanos han firmado con los dichos maestros de albañilería y Francisco
Fernández siendo ello responsables a todas las quiebras y deterioros que causen
al sitio que se les señalará para su construcción, y habiéndose elegido dicho
corral lo conceden los tres primeros bajo las condiciones siguientes:
1º-.Primeramente
que el terreno donde se ha de construir dicha plaza ha de quedar del mismo modo
que hoy está a excepción del aumento de las cercas con las tapias pues estas
sólo han de sustituir las que elijan el administrador y maestro de albañilería
que señale y las otras se han de quitar dejando disminuida la tierra a
satisfacción de ambos.
2º-.Que
a costa de dichos maestros y demás hermanos contenidos se ha de hacer todos los
perjuicios que se ocasionen en todos los tejados, paredes y oficinas del
molino.
3º-.Que
por el beneficio que resulte al corral por las tapias que se ha de hacer y
restare de nuevo y acomode su permanencia a voluntad y señalamiento el
administrador y un maestro no se ha de poder pedir porción alguna a los
interesados a dicho molino y corral y en que ceden este derecho por el
beneficio de la facultad que se le concede para correr los novillos en él.
4º-.Que
habiéndose como se ha practicado reconocimiento formal de dicho molino y corral
por el maestro Marcos Díaz del estado de tapias, tejados paredes y demás a su
recinto a fin de que esté bien construido, dicho maestro practicará otro
reconocimiento, fenecida la función y reparación de los deterioros que se
hallan advertido y ejecutado para que todo quede el propio estado que en el día
tiene estando ante declaración verbal o jurada sin poderse contradecir lo que
diga ejecutándolo sin demora luego que se quite la plaza y en el caso de que no
se practique seguidamente se ejecutará por el dicho Marcos Díaz a costa de los
contenidos en este instrumento apremiándoles a ello por todo rigor de derecho
mancomunadamente e insolidum.
5º-.Que
todo se ha de ejecutar con intervención del citado don Jacinto Rus para que
como inmediato sucesor del molino en ningún tiempo por esta causa pida
deterioros para la expresada causa de lidia de novillos bajo cuyas condiciones
consiente se ejecute dicha plaza de toros para que se corran en ella sin
contradicción alguna.
Tres días después de este contrato
hallamos otro que dice lo siguiente:
En
la ciudad de Úbeda a diez y seis días del mes de agosto de 1798, ante mi el
infrascrito escribano de número y testigos que se dirán perecieron de la una
parte don Pedro de Pasquau de Esponera y don Andrés Ramírez de este vecindario
hermanos de Nuestra Señora del Carmen y de la otra Manuel Barrios, vecino de la
ciudad de Córdoba, y al presente estante en esta ciudad a quienes conozco de
que doy fe y dijeron que habiendo concedido el Excelentísimo Señor Gobernador
por el Consejo de Castilla a los hermanos de la dicha milagrosa imagen para que
se corran en este año dos corridas de novillos, se han convenido con el citado
Manuel Barrios en que ha de traer incluso el susodicho cinco banderilleros
aprobados de inteligencia y buena disposición para este intento y dos picadores
para picar los novillos que se les diga para mañana y tarde bajo las
condiciones siguientes:
Que
Pedro Revilla, de Jerez de la
Frontera, y otro compañero han de ser los que han de picar.
Que
las garrochas, banderillas y demás necesario a excepción del papel y varas para
dichas banderillas y cinco capas cortas para torear, es de cuenta de dicho
Barrios.
Que
por dichas dos corridas se le han de entregar para el pago de sus compañeros y
picadores que todo queda por su cuenta nueve mil quinientos reales.
Que
si alcanzase la misma hermandad licencia para que se corran otras dos
novilladas, en este caso se le ha de alargar la paga hasta quince mil, haciendo
también estas con picadores como en las dos primeras.
Que
si no fuesen seguidas las corridas y por esta causa se detuviesen en esta
ciudad hasta que se verifiquen. En este caso los días que disten de unas a
otras se le han de entregar para ayuda de costa cincuenta reales diarios y la
paja que necesiten las caballerías que cabalgan.
Quiere
si se sacarse licencia para dos corridas con destino a la hermandad de Nuestra
Señora de la Merced,
continuará su cuadrilla y picadores con esta lidia de toros y por ello se le
entregaran quinientos ducados.
Que
no se le ha de dar para su manutención ni estada más que lo que queda dicho,
pues todo queda para su cuenta: bajo cuyas condiciones y la de que vendrá con
dicha su compañía y picadores para el día que se le dé avisó y esté señalado el
día de la primera función; unos y otros otorgaran por la presente escritura que
se obligan a ejecutarlo y cumplirlo así sin hacer cosa en contrario bajo la
pena de bonificarse los daños, perjuicios e intereses.
Sirva esta noticia para enriquecer
en algo la historia de nuestra ciudad, aunque en esta ocasión de trate del arte
de Cúchares.
El Heráldico
Se que no es el lugar adecuado para escribirle este comentario, pero no sabía dónde podía contactar con usted.
ResponderEliminarTengo un blog de recetas de Úbeda y Baeza. Una cosa muy sencilla y humilde, pero que hago con toda mi ilusión.
He añadido su blog a mi lista de blogs RECOMENDADOS. Espero que no le moleste, si quiere que lo quite no tiene más que decírmelo. Te dejo aquí la dirección de mi blog para que lo vea;
BLOG; http://gastronomiaubeda.blogspot.com.es/
FACEBOOK; http://www.facebook.com/GastronomiaUbedaBaezaYAlrededores